Inclusión y PIAR
Estudiantes con discapacidad o neurodiversidad cuentan con un Plan Individual de Ajustes Razonables de obligatorio cumplimiento.
Cap. 11
Manual de Convivencia · Título IV
Inclusión y neurodiversidad (PIAR), respeto a la identidad de género, ciudadanía digital e inteligencia artificial, prevención de ESCNNA y consumo, y Escuela de Padres.
Estudiantes con discapacidad o neurodiversidad cuentan con un Plan Individual de Ajustes Razonables de obligatorio cumplimiento.
Cap. 11
Se protege el libre desarrollo de la personalidad: cabello, accesorios, nombre social y pronombres. Cero violencia de género.
Cap. 12
Uso ético y seguro de redes e inteligencia artificial; prevención del ciberacoso; declarar cuándo se usa IA.
Cap. 13
Prevención de explotación (ESCNNA), grooming, consumo de sustancias y turismo responsable que protege a la niñez.
Cap. 14
Espacio obligatorio de formación y acompañamiento familiar (Ley 2025 de 2020), con horarios flexibles.
Cap. 15
Si un estudiante usa un nombre social acorde a su identidad de género, la comunidad debe llamarlo así, sin trámites ni certificados. Las medidas de apariencia nunca pueden usarse para discriminar.
El celular se usa con autorización del docente y fines pedagógicos. La IA puede apoyar tu aprendizaje, pero debes declarar cuándo la usaste y poder sustentar y explicar tu trabajo.
Pide ayuda a un docente, director de grupo, orientación o rectoría. Conserva las evidencias sin difundirlas. La institución protege tu identidad y evita revictimizarte.
No. Las crisis sensoriales o conductas derivadas de una condición neurológica no se tratan como faltas. Se aplica contención y los apoyos del PIAR, nunca sanción automática.