Derechos
- Recibir una educación de calidad que respete su dignidad.
- Ser tratados sin discriminación de ningún tipo.
- Participar en el gobierno escolar y ser escuchados.
- Conocer a tiempo los procesos académicos y de convivencia.
Manual de Convivencia · Título II
Derechos y deberes de estudiantes, familias y docentes. Incluye la prohibición total del castigo físico (Ley 2089) y qué hacer ante el maltrato en el hogar.
Queda prohibido el castigo físico, los golpes, gritos paralizantes, humillaciones o tratos crueles como método de crianza o corrección. La disciplina se ejerce con diálogo y crianza respetuosa.
Conducto regular: 1) diálogo directo y respetuoso con el docente; 2) si no hay acuerdo, acudir al director de grupo o coordinación; 3) luego rectoría; 4) si corresponde, remisión a la autoridad competente. Siempre con respeto y, preferiblemente, por escrito.
Docentes y directivos son garantes de derechos: activan la ruta y reportan de forma confidencial al ICBF, la Comisaría de Familia o la Policía de Infancia y Adolescencia. La escuela acompaña emocionalmente al estudiante.
Sí: matricular y garantizar la asistencia, acompañar el proceso académico, asistir a reuniones y Escuela de Padres, tratar con respeto a la comunidad e informar situaciones que afecten al estudiante.